En cumplimiento al Artículo 6 Literal A numeral 2 de los Estatutos que dice: “Se efectuará créditos a los asociados a través de diferentes modalidades de crédito, de acuerdo con la liquidez de la Cooperativa. Se establecen las siguientes modalidades de créditos.
1. CREDITO ORDINARIO.
2. CREDITO EXTRAORDINARIO.
3. CREDITO EDUCATIVO.
4. CREDIYA
5. CREDITO ESPECIAL
6. CREDITO PARA TURISMO.
7. CREDITO PARA SOAT.
8. CREDITO HIPOTECARIO PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA O USADA.
9. CREDITO DE CONVENIO.
10. CREDITO COMPRA DE CARTERA.
11. CREDITO POR EMERGENCIA SANITARIA
Para otorgar las diferentes modalidades de crédito antes mencionadas se tendrá en cuenta los siguientes requisitos:
1. No estar impedidos o inhábiles.
2. Diligenciar formato de solicitud de crédito en forma personal.
3. Tener deudor (es) solidario (s) según el monto solicitado
4. Anexar desprendible de nómina del deudor y deudores solidarios con sus respectivas fotocopias de Cédulas.
5. Firmar la autorización y/o libranza para descuento.
6. Firmar conjuntamente con el deudor o deudores solidarios los títulos valores requeridos como garantía de los créditos.
7. Firmar el formato de pagaré.
8. Consultar a la Central de Riesgos y demás fuentes que disponga la cooperativa. No obstante, a criterio del órgano competente, podrán exceptuarse de la consulta a estos medios las operaciones activas de crédito cuyo monto sea igual o inferior a los aportes Sociales.
9. En caso de incumplimiento a las obligaciones adquiridas, la Cooperativa se reserva el derecho de reportar a las Centrales de Riesgo.
10. Todas las referencias antes mencionadas que se hagan al deudor, se deben entender igualmente realizadas al deudor o deudores solidarios que estén vinculados a la respectiva operación de crédito.
11. Para el otorgamiento en las distintas modalidades de crédito se tendrá en cuenta la capacidad de pago del deudor y los deudores solidarios.
12. Cuando en cualquiera de las modalidades de crédito el valor de la solicitud sobrepase el valor de los aportes más un 15% de estos se exigirá uno o más deudores solidarios.
13. Los deudores jubilados, cancelarán las obligaciones crediticias por ventanilla o consignarán en la cuenta de la cooperativa y firmarán la autorización para descuento por sistema de libranza dirigida a la entidad pagadora (en caso de tener convenio).
14. En caso de hipoteca se exigirá un bien raíz libre de todo gravamen y sin falsa tradición.
Los créditos deben solicitarse por medio de un formulario debidamente diligenciado por el asociado en la oficina de la Entidad, llenando los requisitos exigidos y anexando los documentos requeridos, los cuales serán sometidos a consideración y aprobación del Comité de Créditos o Consejo de Administración.